Glosario
Administrador del Mercado de Mayoristas –AMM-
Es el ente privado sin fines de lucro encargado de la administración del Mercado Mayorista, cuyas funciones son:
a) La coordinación de la operación de centrales generadoras, interconexiones internacionales y líneas de transporte al mínimo de costo para el conjunto de operaciones del mercado mayorista, en un marco de libre contratación de energía eléctrica entre generadores, comercializadores, incluidos importadores y exportadores, grandes usuarios y distribuidores.
b) Establecer precios de mercado de corto plazo para las transferencias de potencia y energía entre generadores, comercializadores, distribuidores, importadores y exportadores, cuando ellas no correspondan a contratos de largo plazo libremente pactados.
c) Garantizar la seguridad y el abastecimiento de energía eléctrica. Los agentes del Mercado Mayorista, operarán sus instalaciones de acuerdo a las disposiciones que emita el Administrador del Mercado Mayorista.
Agente del Mercado Eléctrico Regional
Las actividades del Mercado Regional se realizarán entre sus Agentes, los que podrán ser empresas dedicadas a la generación, transmisión, distribución y comercialización de electricidad, así como grandes consumidores. Todos los Agentes, Grandes Usuarios, Participantes Consumidores y Participantes Productores del Mercado Mayorista nacional, reconocidos como tales en la legislación nacional y en la medida en que el ordenamiento constitucional lo permita, serán Agentes del Mercado Eléctrico Regional y tendrán los derechos y obligaciones que se derivan de tal condición.
Comercializador:
Es la persona, individual o jurídica, cuya actividad consiste en comprar y vender bloques de energía eléctrica con carácter de intermediación y sin participación en la generación, transporte, distribución y consumo.
Comisión Nacional de Energía Eléctrica
a) Es un órgano técnico del Ministerio de Energía y Minas. La Comisión tiene independencia funcional para el ejercicio de sus atribuciones y de las siguientes funciones:
b) Cumplir y hacer cumplir la presente ley y sus reglamentos, en materia de su competencia, e imponer las sanciones a los infractores.
c) Velar por el cumplimiento de las obligaciones de los adjudicatarios y concesionarios, proteger los derechos de los usuarios y prevenir conductas atentatorias contra la libre competencia, así como prácticas abusivas o discriminatorias.
d) Definir las tarifas de transmisión y distribución sujetas a regulación, de acuerdo a la presente ley, así como la metodología para el cálculo de las mismas.
e) Dirimir las controversias que surjan entre los agentes del subsector eléctrico, actuando como árbitro entre las partes cuando éstas no hayan llegado a un acuerdo.
f) Emitir las normas técnicas relativas al subsector eléctrico y fiscalizar su cumplimiento en congruencia con prácticas internacionales aceptadas.
g) Emitir las disposiciones y normativas para garantizar el libre acceso y uso de las líneas de transmisión y redes de distribución de acuerdo a lo dispuesto en esta Ley y su Reglamento.
CRIE
Comisión Regional De Interconexión Eléctrica, es el ente regulador del Mercado regional, con personalidad jurídica propia y capacidad de derecho público internacional, aplicable a las Partes. Su domicilio estará situado en uno de los países de América Central a definir por los Gobiernos. Sus objetivos son:
a) Hacer cumplir el Tratado Marco y sus protocolos, reglamentos y demás instrumentos complementarios.
b) Procurar el desarrollo y consolidación del Mercado, así como velar por su transparencia y buen funcionamiento.
c) Promover la competencia entre los agentes del Mercado.
Distribuidor
Es la persona, individual o jurídica, titular o poseedora de instalaciones destinadas a distribuir comercialmente energía eléctrica.
EOR
Ente Operador Regional, EOR es el ente operador del Mercado regional, con personalidad jurídica propia y capacidad de derecho público internacional aplicable a las Partes.
Su domicilio estará situado en uno de los países de América Central. a definir por los Gobiernos. Sus objetivos y funciones son:
a) Proponer a la CRIE los procedimientos de operación del Mercado y del uso de las redes de transmisión regional.
b) Asegurar que la operación y el despacho regional de energía sea realizado con criterio económico, procurando alcanzar niveles adecuados de seguridad, calidad y confiabilidad.
c) Llevar a cabo la gestión comercial de las transacciones entre agentes del Mercado
d) Apoyar, mediante el suministro de información los procesos de evolución del Mercado.
e) Formular el plan de expansión indicativo de la generación y la transmisión regional, previendo el establecimiento de márgenes regionales de reserva y ponerlo a disposición de los agentes del Mercado.
Gran usuario
Es aquel cuya demanda de potencia excede de 100kW.
Informe de Transacciones -ITE-
Es el resumen las transacciones netas de energía, potencia y servicios, realizadas durante el mes, discriminadas por Participante y por tipo de transacción, identificando deudores y acreedores.
MER
Mercado Eléctrico Regional.
Peaje
Es el pago que devenga el propietario de las instalaciones de transmisión, transformación o distribución por permitir el uso de dichas instalaciones para la transportación de potencia y energía eléctrica por parte de terceros.
Servicio de Distribución Final
Es el suministro de energía eléctrica que se presta a la población, mediante redes de distribución, en condiciones de calidad de servicio y precios aprobados por la Comisión.
Sistema de transmisión
Es el conjunto de subestaciones de transformación y líneas de transmisión, entre el punto de entrega del generador y el punto de recepción del distribuidor o de los grandes usuarios y comprende un sistema principal y sistemas secundarios.
Sistema principal
Es el sistema de transmisión compartido por los generadores. La Comisión definirá este sistema, de conformidad con el informe que al efecto le presente el Administrador del Mercado Mayorista.
Sistema Secundario
Es aquel que no forma parte del sistema principal. Los sistemas de distribución privada y final no forman parte del sistema secundario.
Sistemas de Distribución
Es el conjunto de líneas y subestaciones de transformación de electricidad, destinadas a efectuar la actividad de distribución y que funcionen a los voltajes que especifique el reglamento.
Sistema Eléctrico Nacional.
Es el conjunto de instalaciones, centrales generadoras, líneas de transmisión, subestaciones eléctricas, redes de distribución, equipo eléctrico, centros de carga y en general toda la infraestructura eléctrica destinada a la prestación del servicio, interconectados o no, dentro del cual se efectúan las diferentes transferencias de energía eléctrica entre diversas regiones del país.
Sistema Nacional Interconectado –SNI-
Es la porción interconectada del Sistema Eléctrico Nacional.
SIEPAC
Sistema de Interconexión Eléctrica de los Países de América Central.
Transmisión
Es la actividad que tiene por objeto el transporte de energía eléctrica a través del sistema de transmisión.
Transportista
Es la persona, individual o jurídica, poseedora de instalaciones destinadas a realizar la actividad de transmisión y transformación de electricidad.
Usuario
Es el titular o poseedor del bien inmueble que recibe el suministro de energía eléctrica.
Adicionalmente brindamos los siguientes servicios:
- Asistencia en programación de mantenimientos.
- Apoyo y atención a consultas técnicas del servicio eléctrico.
- Acceso al equipo de medición para obtener información de consumo y calidad de energía en línea.
- Envío de reportes de curvas horarias de consumo mensual, los cuales permiten obtener información para la toma de decisiones en la optimización de los recursos energéticos.
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